Abogados de Custodia Compartida en Valencia

Si está pasando por un divorcio o ya lo tiene cerrado, seguramente le preocupa una cosa por encima de todo: seguir presente en el día a día de sus hijos, no solo verlos cada dos fines de semana. En Ortolá Dinnbier llevamos más de 30 años defendiendo custodias compartidas en los juzgados de Valencia. Sabemos qué pesa de verdad a la hora de conseguirla, y lo trabajamos con usted desde el primer día.

¿Qué es la custodia compartida?

La custodia compartida es el régimen en el que ambos progenitores conviven con los hijos de forma equilibrada, repartiendo tiempo, cuidado y decisiones sobre su educación. No implica necesariamente un reparto exacto al 50%, sino un reparto que el juez considere razonable según las circunstancias de cada familia.

La custodia compartida es el régimen preferente según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, siempre que no perjudique el interés de los menores. Pero ‘preferente’ no significa automático: hay que solicitar la custodia compartida bien y defenderla con argumentos sólidos ante el juzgado.

Padre paseando con su hijo de la mano disfrutando del régimen de custodia compartida.

¿Qué requisitos exige el juez para conceder la custodia compartida?

No existe una lista cerrada de requisitos que garantice la concesión, pero sí una serie de factores que el juez valora de forma conjunta:

Disponibilidad horaria y laboral de cada progenitor

Relación previa de cada uno con el cuidado de los hijos (colegio, médico, actividades)

Distancia entre los domicilios de ambos progenitores

Relación entre los progenitores y su capacidad de comunicación sobre los hijos

Opinión de los hijos, cuando tienen edad o madurez suficiente

Existencia de apoyo familiar cercano para el cuidado de los menores

Ningún factor por sí solo determina el resultado. Preparamos su caso analizando cuáles juegan a su favor y cómo presentarlos con el peso que necesitan ante el juzgado.

Abogado de familia escuchando a un cliente para solicitar la custodia compartida sin acuerdo.

¿Se puede conseguir la custodia si el otro progenitor no quiere?

Sí. La custodia compartida no requiere el acuerdo del otro progenitor para ser solicitada, y los tribunales la han concedido en numerosos casos pese a la oposición de una de las partes, cuando se ha demostrado que es lo más beneficioso para los hijos.

Que el otro progenitor no esté de acuerdo no significa que la solicitud esté condenada al fracaso. Sí significa que hay que construir un caso más sólido: acreditar su disponibilidad real, su implicación previa en el cuidado de los hijos y que una mala relación entre los progenitores no traslada perjuicio directo a los menores. Es precisamente en estos casos donde más importa contar con una estrategia bien planteada desde el principio.

¿En qué casos puede denegarse este régimen?

La custodia compartida puede denegarse cuando el juez entiende que perjudicaría el interés de los menores. Los casos más habituales son:

Cuando existe un procedimiento penal contra uno de los progenitores por violencia hacia la pareja o los hijos

Cuando la relación entre los progenitores es tan mala que los menores quedan expuestos a conflictos constantes

Cuando la distancia entre domicilios haría inviable la rutina escolar o diaria de los hijos

Cuando uno de los progenitores no ha mostrado disponibilidad real ni implicación previa en su cuidado

Ninguno de estos motivos suele actuar de forma aislada ni automática: el juez valora el conjunto de la situación. Analizamos su caso desde el principio para anticipar qué riesgos existen y cómo reforzar su posición frente a ellos.

¿Y si el juez no concede la custodia compartida desde el principio? El régimen progresivo

A veces el juzgado no concede la custodia compartida porque quiere comprobar antes que el cambio de rutina no perjudica a los hijos, especialmente si son muy pequeños o si hasta ahora ha habido poco contacto con uno de los progenitores. En vez de negarla, puede establecer de manera provisional la custodia materna, para resolver definitivamente sobre las medidas en el procedimiento principal de divorcio.

El juzgado comprueba con hechos, no solo con promesas, que el nuevo régimen ha funcionado bien para los hijos. Si su caso puede encajar aquí, planteamos la solicitud dejando claro desde el principio que el objetivo final es la custodia compartida.

Madre ayudando a su hijo con los deberes durante su periodo de custodia.

Cómo trabajamos para conseguir su custodia

No presentamos la misma solicitud para todos los casos. Esto es lo que hacemos por usted:

Analizamos su situación familiar en detalle: horarios, implicación previa con los hijos, relación con el otro progenitor, distancia entre domicilios.

Construimos la estrategia según los factores que realmente pesan en el juzgado que llevará su caso: su disponibilidad, su relación previa con los hijos y cómo se ha desarrollado la convivencia hasta ahora.

Preparamos la documentación y las pruebas que acreditan su disponibilidad e implicación.

Le representamos en cada fase del procedimiento, incluida la posible intervención del Ministerio Fiscal o del equipo psicosocial.

No planteamos la custodia compartida como una lucha por «ganar» a la otra parte. La planteamos como lo que realmente es: un régimen que hay que argumentar bien para que el juez vea que protege a sus hijos.

Cliente consultando los honorarios y el presupuesto con su abogado en Valencia.

Honorarios de un abogado de custodia compartida en Valencia

No damos una cifra genérica antes de conocer su caso, y no lo hacemos porque no sería honesto: una custodia compartida se puede tramitar dentro de un divorcio, dentro de una modificación de medidas o entre progenitores no casados, y cada vía tiene un alcance distinto.

Lo que sí le damos desde la primera consulta es una orientación clara de qué le espera y un presupuesto personalizado para su situación concreta.

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué edad dura la custodia compartida?

 Hasta que los hijos alcanzan la mayoría de edad. A partir de entonces, ya no existe custodia, aunque se mantendrá la pensión de alimentos si el hijo no tiene independencia económica y convive con el mismo progenitor.

 Sí, pero no la elimina automáticamente. Si hay equilibrio de ingresos entre los progenitores, cada uno suele asumir los gastos del hijo durante su tiempo de convivencia. Si hay desequilibrio económico entre ambos, puede mantenerse una pensión de alimentos pese al reparto compartido.

 La distancia entre domicilios es un factor que el juez valora, especialmente por su impacto en la rutina escolar de los hijos. No existe una distancia máxima fijada por ley: se analiza caso por caso.

 Sí, mediante un procedimiento de modificación de medidas, si las circunstancias han cambiado desde que se fijó la custodia inicial.

 Si existe un procedimiento penal contra uno de los progenitores por violencia hacia la pareja o los hijos, la custodia compartida, como norma general, no se concede, aunque es legalmente posible y se atiende al caso concreto.

Por qué elegir a Ortolá Dinnbier para su caso

Más de 30 años defendiendo custodias compartidas en los juzgados de Valencia nos permiten construir su estrategia sobre lo que ese juzgado concreto valora. Cuéntenos su situación y le decimos con claridad qué opciones tiene.

963 94 40 50