¿Me puedo llevar a mi hijo a otra ciudad tras el divorcio? Aspectos legales del cambio de residencia con menores

Tras una separación o divorcio, la vida continúa. Es normal que uno de los progenitores valore nuevas oportunidades laborales, desee iniciar una nueva etapa en otra ciudad o quiera contar con el apoyo familiar que dejó atrás. Sin embargo, cuando hay hijos menores en común, la decisión de cambiar de ciudad no puede tomarse de manera unilateral. El traslado del menor implica una alteración profunda en su día a día, y la ley española lo regula como una de las cuestiones clave dentro del ejercicio de la patria potestad.

Desde Ortolá Dinnbier Abogados de Familia, despacho especializado en derecho de familia en Valencia, explicamos las implicaciones legales de mudarse con un hijo menor tras el divorcio. ¿Qué dice la normativa? ¿Cuándo está permitido? ¿Qué pasos hay que seguir si no hay acuerdo entre los progenitores?

La residencia del menor no puede modificarse sin consentimiento de ambos progenitores

El cambio de residencia habitual del menor no forma parte de las decisiones cotidianas de quien ostenta su custodia. Aunque muchas personas lo desconocen, esta cuestión está expresamente contemplada dentro del ámbito de la patria potestad, que generalmente es ejercida conjuntamente por ambos progenitores, incluso cuando la custodia se ha establecido exclusiva para uno de los progenitores. El artículo 156 del Código Civil establece que las decisiones importantes en la vida de los hijos deben adoptarse conjuntamente, salvo que un juez decida en defecto de acuerdo.

Esto significa que si un progenitor desea trasladarse con su hijo a otra ciudad, debe contar con el consentimiento del otro. Si no lo obtiene, debe solicitar autorización judicial. Actuar por cuenta propia, sin esa autorización, no solo puede provocar un conflicto legal, sino que puede tener consecuencias graves tanto a nivel civil como penal.

El traslado unilateral puede tener consecuencias (penales y civiles)

Cambiar el domicilio del menor sin consentimiento supone un incumplimiento de las obligaciones del progenitor. En los casos en que esta actuación impida al otro progenitor ejercer su derecho a mantener contacto con el hijo, podría considerarse una forma de sustracción de menores. El artículo 225 bis del Código Penal penaliza estos comportamientos, especialmente si se rompe la relación entre el menor y uno de sus progenitores.

El juzgado, ante una actuación de este tipo, puede ordenar el retorno del menor a su residencia habitual, suspender el régimen de custodia del progenitor infractor, etc. Por tanto, cualquier cambio de residencia que afecte a la dinámica de la familia debe consensuarse.

El procedimiento judicial para solicitar el cambio de domicilio

Cuando no hay acuerdo entre los progenitores, la ley permite al que desea trasladarse iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria. Será el juez quien determine si el cambio de ciudad responde al interés del menor. No basta con acreditar que la mudanza favorece al progenitor solicitante: el tribunal evaluará de forma estricta si esa medida es o no conveniente para el hijo.

Los jueces analizan aspectos como el entorno actual del menor, la calidad de su vida familiar, social y educativa, el régimen de visitas vigente, las posibilidades de mantener el contacto con el otro progenitor o el impacto que puede tener la nueva ciudad en su estabilidad emocional. Las decisiones que impliquen una ruptura drástica con su ambiente habitual suelen recibir un mayor nivel de escrutinio.

Es recomendable preparar este procedimiento con una sólida base documental. Un nuevo contrato de trabajo, informes del colegio en la nueva ciudad, la existencia de apoyo familiar o sanitario cercano, así como la disposición para facilitar visitas regulares, son elementos que pueden respaldar la petición de forma clara ante el juez.

Custodia compartida y traslados: una ecuación más delicada

Cuando los progenitores ejercen la custodia de forma compartida, cualquier cambio de domicilio que impida el régimen establecido puede hacer inviable su mantenimiento. En estos casos, el traslado de uno de los progenitores suele ir acompañado de una solicitud de cambio de custodia. Esta situación, sin embargo, se analiza con mucho más rigor, porque se interpreta como una alteración sustancial del sistema acordado o impuesto judicialmente.

El tribunal puede valorar que quien decide mudarse está anteponiendo su proyecto personal a la estabilidad del menor. De hecho, hay casas en los que, ante este tipo de situaciones, se ha  se ha atribuido de forma exclusiva al que permanece en el entorno habitual del menor. El cambio de domicilio en una custodia compartida solo prospera si se demuestra que es imprescindible.

¿Cómo prepararse correctamente si se quiere cambiar de ciudad con un hijo?

En primer lugar, conviene intentar alcanzar un acuerdo con el otro progenitor, dejando constancia por escrito de las condiciones del traslado y del nuevo régimen de comunicación y estancias. Si no hay acuerdo, lo recomendable es iniciar el procedimiento judicial antes de realizar el cambio. Actuar con transparencia, aportar documentación sólida y demostrar una actitud de colaboración para preservar el vínculo del menor con el otro progenitor ayuda significativamente a que el juez valore de forma positiva la petición.

Por el contrario, un traslado no consensuado, sin explicación o que limita el contacto del menor con el otro progenitor, suele considerarse un acto perjudicial para el menor y, por tanto, contrario a su interés. Es importante entender que, a ojos del tribunal, el bienestar del hijo prima siempre sobre los intereses o aspiraciones de cada progenitor.

Conclusión

Cambiar de ciudad con un hijo tras una separación o divorcio no es una decisión que pueda tomarse de forma unilateral. La ley exige que ambas partes estén de acuerdo o, en su defecto, que el juez autorice ese traslado. No se trata solo de una cuestión de conveniencia, sino de respeto al ejercicio conjunto de la patria potestad y, sobre todo, de protección al menor, que tiene derecho a mantener vínculos estables con ambos progenitores.

Si estás valorando un cambio de residencia o tu expareja quiere llevarse al hijo a otra ciudad sin tu consentimiento, desde Ortolá Dinnbier Abogados de Familia, despacho de abogados en Valencia, podemos ayudarte. Analizaremos tu caso, te asesoraremos sobre las opciones legales y defenderemos tu posición en el juzgado si fuera necesario.

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