Modelos de Custodia en España: Custodia Compartida vs. Custodia Individual

En el ámbito del derecho de familia en España, la determinación del régimen de custodia de los hijos menores es una cuestión fundamental tras la separación o divorcio de los progenitores. Los modelos principales son la custodia compartida y la custodia individual (también conocida como monoparental). A continuación, analizaremos ambos modelos, sus características, ventajas y consideraciones legales, proporcionando información valiosa para quienes buscan asesoramiento especializado en derecho de familia.

Custodia Individual

La custodia individual implica que uno de los progenitores asume la responsabilidad principal en la convivencia y cuidado diario de los hijos, mientras que el otro progenitor mantiene un régimen de visitas y comunicación establecido. Tradicionalmente, este modelo ha sido el más común en España, sin embargo, se ha evolucionado muy positivamente durante las últimas décadas a que el modelo preferente sea el de custodia compartida. En este régimen, es imprescindible establecer una pensión de alimentos que el cónyuge no custodio tendrá que soportar.

Características de la custodia individual:

  • Estabilidad residencial: Los hijos residen de forma permanente con el progenitor custodio, lo que puede proporcionar una mayor estabilidad en su entorno habitual.
  • Régimen de visitas: El progenitor no custodio tiene derecho a visitas periódicas, cuya frecuencia y duración se determinan en función de las circunstancias particulares de la familia.
  • Decisiones cotidianas: El progenitor custodio toma las decisiones diarias relacionadas con la educación, salud y bienestar de los hijos, mientras que las decisiones de mayor trascendencia deben ser consensuadas por ambos progenitores, en virtud de la patria potestad conjunta.

Custodia Compartida

La custodia compartida se refiere a la distribución equitativa del tiempo y las responsabilidades parentales entre ambos progenitores, permitiendo que los hijos convivan alternadamente con cada uno de ellos. Este modelo busca fomentar la implicación activa de ambos padres en la crianza y desarrollo de los hijos.

Características de la custodia compartida:

  • Tiempo equilibrado: Los hijos pasan períodos similares de tiempo con cada progenitor, lo que puede organizarse por semanas, quincenas o meses, según lo que se considere más beneficioso para los menores.
  • Responsabilidad conjunta: Ambos progenitores participan activamente en las decisiones diarias y en las de mayor importancia, promoviendo una co-parentalidad efectiva.
  • Flexibilidad: Existen diversas modalidades de custodia compartida, adaptadas a las necesidades específicas de la familia, como la custodia en un mismo domicilio (sistema de «casa nido») o en domicilios separados.

Consideraciones Legales y Jurisprudenciales

La legislación española, en el Artículo 92 del Código Civil, contempla la posibilidad de establecer la custodia compartida cuando sea solicitada por los progenitores y siempre que redunde en beneficio del interés superior del menor. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha evolucionado hacia la consideración de la custodia compartida como el régimen preferente, siempre que se den las condiciones adecuadas para garantizar el bienestar de los hijos. Por ejemplo, recientemente, en su Sentencia 1682/2023 de 29 de noviembre de 2023 (https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/2c36917c8d27c827a0a8778d75e36f0d/20231220): “La doctrina de esta sala es clara y reiterada sobre los criterios que se deben tener en cuenta para adoptar el régimen de guarda y custodia compartida, especialmente a partir de la sentencia 257/2013, de 29 de abril, siempre en interés y beneficio de los hijos menores, no como una medida excepcional, sino como la más normal, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a mantener dicha relación con ambos progenitores. Pero lo anterior no significa que la sala no haya declarado en ocasiones la procedencia de una custodia monoparental, siempre en interés del menor, en especial cuando no existe un proyecto claro de cómo se va a desarrollar la custodia compartida, más allá de un simple reparto de tiempos (propio de una guarda monoparental) o cuando existan otras razones que así lo aconsejen ( sentencias 593/2018, de 30 de octubre, y 123/2023, de 31 de enero).” Es importante destacar que la decisión sobre el modelo de custodia debe basarse en una evaluación detallada de diversos factores, tales como:
  • Relación entre los progenitores: Se requiere una comunicación y cooperación adecuadas para garantizar una crianza conjunta efectiva.
  • Disponibilidad y capacidades de los padres: Ambos progenitores deben demostrar su capacidad y disposición para atender las necesidades de los hijos.
  • Opinión de los menores: Dependiendo de su edad y madurez, la opinión de los hijos puede ser considerada en la determinación del régimen de custodia.

Ventajas y Desafíos

 
Custodia Individual
Aspecto Detalles
Ventajas Proporciona una mayor estabilidad y rutina al mantener a los hijos en un entorno constante, si el progenitor no custodio no satisface correctamente sus necesidades, cuidados, desarrollo, etc.
Simplifica la logística diaria al centralizar las decisiones y responsabilidades en un solo progenitor.
Desafíos Restringe en gran medida la relación y el tiempo de convivencia con el progenitor no custodio, pudiendo en ocasiones ser irreversible.
Riesgo de sobrecarga para el progenitor custodio al asumir la mayoría de las responsabilidades parentales.
Custodia Compartida
Aspecto Detalles
Ventajas Crea una relación equilibrada y continua de los hijos con ambos progenitores.
Promueve la corresponsabilidad y participación de ambos padres en la crianza.
Desafíos Requiere una alta capacidad de comunicación y cooperación entre los progenitores.
Puede generar inestabilidad si los cambios de residencia son frecuentes o mal gestionados.

Conclusión

La elección del juez (o de los cónyuges por medio de convenio regulador) entre custodia compartida e individual siempre se centra en el interés superior del menor, evaluando las circunstancias particulares de cada familia. Es fundamental contar con asesoramiento legal especializado para navegar por las complejidades del derecho de familia y asegurar que las decisiones tomadas favorezcan el bienestar y desarrollo óptimo de los hijos. En Ortolá Dinnbier Abogados de Familia, estamos comprometidos en brindar orientación experta y apoyo integral en procesos de guarda y custodia, velando siempre por los derechos e intereses de nuestros clientes y, sobre todo, por el bienestar de los menores involucrados.
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